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En Colombia, la ley permite las plataformas de servicios de transporte, pero prohíbe que los vehículos particulares presten ese tipo de servicio sin los permisos.
Economía

¿Es viable la formalización de los conductores de aplicaciones como Uber o Didi en Colombia?

A pesar de que la ley en Colombia permite el funcionamiento de las plataformas de transporte, los conductores de estas aplicaciones siguen recibiendo comparendos y multas. Esto plantea la pregunta sobre la viabilidad de formalizar a los trabajadores del sector.

Por: Juan David Cano

La formalización de los conductores de plataformas tecnológicas de transporte en Colombia, como Uber y Didi, ha sido un tema de intenso debate. En la actualidad, los vehículos particulares que prestan este servicio se encuentran en una zona gris legal, pues según la legislación vigente, el transporte público de pasajeros debe ser prestado únicamente por vehículos autorizados, es decir, vehículos de servicio público como los taxis.

La legislación colombiana, el primer obstáculo para formalizar a los conductores de aplicaciones

La Ley 336 de 1996, en su artículo 5, establece que “bajo ninguna circunstancia los vehículos de servicio particular podrán prestar o atender algún tipo de servicio público de transporte de pasajeros”. Además, la legislación añade que los vehículos que operan sin la autorización adecuada están incumpliendo las normas de transporte, lo cual puede resultar en sanciones como la inmovilización del vehículo.

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