
Tribunal del Meta exige decisión de fondo al CNE sobre denuncias de presunto trasteo de votos para curules de paz en el Guaviare
El Tribunal Administrativo del Meta le dio la razón a una asociación de mujeres que acusó a las autoridades electorales de no actuar frente al presunto aumento irregular de inscripciones de cédulas en puestos de votación rurales del Guaviare, los únicos habilitados para elegir las curules de paz. En su decisión, el tribunal amparó sus derechos fundamentales y ordenó al Consejo Nacional Electoral (CNE) pronunciarse de fondo, y con prontitud, sobre las denuncias.
Por: Gabriela Casanova
Días atrás, el Tribunal Administrativo del Meta admitió una tutela de la Asociación Red de Mujeres Vereda La Y (Asoyerural) contra el Consejo Nacional Electoral (CNE) y la Registraduría Nacional del Estado Civil por no realizar labores de verificación en un caso de presunta trashumancia electoral en el departamento del Guaviare. Este 3 de marzo, el tribunal les dio la razón y amparó sus derechos al debido proceso electoral, la participación política, la igualdad y los derechos de las víctimas.
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La trashumancia electoral, también conocida como trasteo de votos, es una modalidad de fraude que consiste en inscribir la cédula para votar en un lugar distinto al de residencia. De comprobarse, puede dar lugar a la anulación de esas inscripciones y acarrear penas de prisión de cuatro a nueve años, además de multas entre 50 y 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
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