
Personas acusadas ya no están inhabilitadas para trabajar en la Procuraduría
Por considerarla una restricción desproporcionada al derecho a acceder a cargos públicos, la Corte Constitucional tumbó una norma que impedía que las personas acusadas de la presunta comisión de un delito llegaran a un cargo en la Procuraduría.
La Corte Constitucional tumbó un apartado del decreto Ley 262 de 2000 que prohibía que personas que tuvieran una acusación, emitida por una autoridad judicial, por la presunta comisión de un delito, pudieran llegar a un cargo en la Procuraduría General de la Nación.
La norma dice que no pueden ser empleados de la Procuraduría personas que hayan sido condenadas en cualquier momento, salvo si se trata de delitos políticos o culposos; que tengan una medida de aseguramiento señaladas de cometer un delito o que tengan una acusación o su equivalente.
La Corte estudió una demanda presentada por el abogado Yefferson Mauricio Dueñas Gómez y determinó, por mayoría, que aunque esa inhabilidad en principio protege un fin imperioso, no es “adecuada” ni indispensable porque “existen otros medios adecuados para determinar la idoneidad de una persona para desempeñarse en un cargo en la Procuraduría”.
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