
Fertilización in vitro: Corte fijó criterios en casos de revocatoria del consentimiento
La Corte Constitucional resolvió una acción de tutela que instauró una mujer contra el Instituto de Fertilidad Humana en Colombia. Encontró que la clínica omitió varios aspectos esenciales en el consentimiento firmado por las partes. ¿Cuál es el caso puntual?
Por: Redacción Cambio
La Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional resolvió una acción de tutela que presentó una mujer en contra del Instituto de Fertilidad Humana en Colombia (Inser) y fijó criterios en materia de revocatoria del consentimiento en casos de disputas sobre transferencias de embriones en tratamientos de fertilización in vitro.
¿Cuál fue el caso puntual? “Camila”, una mujer de 39 años, inició un proceso de fertilización in vitro junto a su entonces esposo, “Andrés” (los nombres son cambiados para proteger la identidad de los involucrados). La Corte detalló que el procedimiento se iba a realizar con un embrión producto de la fecundación de un óvulo donado por una tercera persona y por el esperma de Andrés.
Durante el transcurso del tratamiento, la pareja firmó un consentimiento informado en el que manifestó su voluntad de realizar el proceso. El problema está en que días antes de que se realizara la transferencia del embrión al útero de Camila, Andrés manifestó su deseo de no continuar con el procedimiento porque se iba a divorciar de su esposa. Frente a esto, la clínica decidió no continuar con la fertilización.
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