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Cuestionamientos a la histórica decisión de la JEP
Los exjefes de las Farc aceptaron sanciones de la JEP y reiteraron su pedido de perdón a las víctimas
Justicia

Las inconformidades con la histórica sanción de la JEP a exFarc reavivan la opción de acudir a la justicia internacional

La primera sentencia de la JEP ha generado cuestionamientos entre víctimas y organizaciones de derechos humanos. CAMBIO habló con expertos sobre las dudas en torno a las sanciones, las expectativas insatisfechas de justicia y la puerta que se abre para que las víctimas busquen respaldo en instancias internacionales.

Por: Jonathan Beltrán

El 15 de marzo de 2018, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) inició sus labores con el compromiso de administrar justicia transicional sobre los delitos cometidos en el marco del conflicto armado antes de la firma del Acuerdo de Paz. Siete años después, el tribunal emitió su primera sentencia en contra de los siete excomandantes guerrilleros de las extintas Farc.

Magistrados de la JEP en sentencia
Los excomandantes de las Farc recordaron que ya han aceptado su responsabilidad en más de 400 diligencias judiciales | Crédito: JEP

En una decisión histórica, la Sección de Reconocimiento de Verdad del Tribunal para la Paz de la JEP emitió sentencia con su máxima sanción propia: ocho años de restricción de la libertad para los últimos miembros del antiguo secretariado de las Farc, quienes deberán participar en proyectos relacionados con búsqueda de personas desaparecidas, desminado humanitario y reparación simbólica.

La sentencia, que atribuye responsabilidad a los excomandantes de las Farc por 21.396 secuestros, ha sido valorada por organizaciones de derechos humanos como un paso crucial hacia la construcción de una paz estable y duradera. No obstante, algunos colectivos de víctimas la han cuestionado al considerar que no responde plenamente a su derecho a la justicia, limita el acceso a la verdad y no garantiza una reparación efectiva.

Último secretariado Farc
Pablo Catatumbo, Julián Gallo, Rodrigo Londoño y Pastor Alape, exintegrantes del último secretariado de las Farc. | Crédito: Colprensa.

Juanita Goebertus, directora para las Américas de Human Rights Watch, advirtió en diálogo con CAMBIO que la reciente sentencia de la JEP podría implicar un incumplimiento de los estándares fijados por el derecho internacional. En ese sentido, enfatizó en que la falta de precisión sobre el contenido de las sanciones podría afectar su carácter reparador, restaurativo y retributivo.

Una de las mayores críticas a la sentencia corresponde a la falta de claridad sobre los espacios en los que permanecerán restringidos de su libertad Rodrigo Londoño, Jaime Parra, Milton De Jesús Toncel, Pablo Catatumbo, Pastor Alape, Julián Gallo y Rodrigo Granda. De hecho, para Goebertus, esa posible falencia en la sanción podría derivar en el incumplimiento de un pilar clave del Acuerdo de Paz.

La postura de las víctimas tras la sentencia de la JEP: entre la esperanza y la frustración

El presidente de la Asociación Nacional de Víctimas, Olguín Mayorga, destacó la decisión de la JEP por el primer macrocaso en el que se investigaron por más de siete años crímenes de guerra y de lesa humanidad cometidos por las extintas Farc, como toma de rehenes, graves violaciones a la libertad, trabajos forzados y tratos crueles e inhumanos.

Secuestrados denuncias
Los sancionados tendrán restricciones relacionadas con la movilidad, la residencia y el trabajo | Crédito: JEP

En diálogo con CAMBIO, Mayorga afirmó que la sanción impuesta por el tribunal de justicia transicional representa un paso importante hacia el reconocimiento de la responsabilidad de los exFarc en graves crímenes. Sin embargo, reiteró que para la Asociación Nacional de Víctimas aún persisten vacíos históricos en materia de justicia y en la garantía de una reparación integral.

“Valoramos que la JEP haya dado un nuevo paso para reconocer la responsabilidad de los excomandantes de las extintas Farc, pero sentimos que aún estamos lejos de una justicia real para las víctimas. Nosotros necesitamos algo más que sanciones simbólicas: exigimos verdad plena, reparación efectiva y garantías de no repetición”, explicó Mayorga.

Secuestrados en Colombia
Las sanciones tendrán un componente restaurador e incorporarán la participación de los comparecientes en Trabajos, Obras y Actividades con contenido Reparador | Crédito: JEP

Antonio Ochoa, director jurídico de la Fundación para la Protección de los Derechos de las Víctimas de Secuestro, Desaparición Forzada y otros hechos victimizantes (FUNVIDES), también se sumó a las voces que reconocen la importancia de la sentencia de la JEP como un hito en el esclarecimiento de la verdad, pero la cuestionan porque —a su juicio— carece de respuestas suficientes para las demandas de reparación de las víctimas.

La Asociación Nacional de Víctimas y FUNVIDES coincidieron en que el camino hacia la justicia podría extenderse más allá de las fronteras colombianas. Para ambas, acudir a instancias internacionales se perfila como una opción para exigir respuestas más proporcionales a la gravedad de los secuestros cometidos por las Farc entre 1993 y 2012.

¿Las víctimas podrán buscar justicia en escenarios internacionales tras la sentencia de la JEP?

En el Acuerdo Final de Paz, firmado en 2016, se estableció que el periodo máximo de cumplimiento de las sanciones propias de la JEP sería de ocho años, incluso en casos de concurso de varios delitos. Esta disposición, que ha generado múltiples cuestionamientos, se definió como parte de los beneficios otorgados a los comparecientes que reconocen la verdad, aceptan su responsabilidad y se comprometen con medidas restaurativas.

El magistrado suplente del Tribunal para la Paz de la JEP, Rafael Prieto, explicó a CAMBIO que, si bien desde el principio se estableció el máximo previsto, las víctimas podrían considerar acudir a instancias adicionales para cuestionar si esa limitación resulta compatible con los estándares internacionales de justicia y proporcionalidad frente a crímenes de lesa humanidad.

“La discusión que se abre ahora es si esos beneficios, diseñados para garantizar la participación de los excombatientes en el sistema, cumplen también con los estándares internacionales de justicia. De no ser así, las víctimas tienen la posibilidad de acudir a instancias como la Corte Penal Internacional o el sistema interamericano para exigir que se respeten sus derechos”, afirmó Prieto.

JEP secuestros
“Esta sentencia no borra el sufrimiento, pero es un acto de reconocimiento, es la voz que reconoce a Colombia y al mundo que lo que ocurrió es injustificable e inhumano", afirmó el magistrado Camilo Suárez Aldana. | Crédito: JEP

El profesor de Derecho Internacional Humanitario de la Universidad del Bosque, Camilo Ramírez, explicó, a su vez, que la Corte Penal Internacional podría intervenir solo en caso de considerar que en Colombia no se investigaron, juzgaron y sancionaron correctamente los crímenes. En ese sentido, destacó la importancia de que la sanción contemple una restricción efectiva de la libertad.

Los expertos consultados reiteraron que el principio que rige a las autoridades judiciales internacionales es el de la complementariedad. Asimismo, subrayaron que la JEP y la CPI han trabajado en un marco cooperativo en el que han intercambiado buenas prácticas en asuntos relacionados con el juzgamiento y la sanción de crímenes consagrados en el Estatuto de Roma.

El camino de las víctimas hacia instancias internacionales: escenarios y condiciones para activar esos mecanismos

El magistrado suplente del Tribunal para la Paz de la JEP, Rafael Prieto, reiteró que el artículo 17 del Estatuto de Roma establece que la Corte Penal Internacional solo podría intervenir en caso de considerar que el Estado colombiano no tuvo la disposición o capacidad de investigar y sancionar a los exFarc por los 21.396 secuestros registrados.

JEP tribunal
En el macrocaso 001 se registraron 21.396 secuestros y se acreditaron formalmente 4.325 víctimas. | Crédito: JEP

La Fiscalía de la CPI sería la encargada de considerar si las sanciones impuestas resultan insuficientes para garantizar proporcionalidad al daño causado con el fin de establecer la eventual apertura de una investigación. En ese sentido, para Prieto, la pregunta clave será: ¿la sanción de ocho años contra los exFarc para la naturaleza de esos crímenes satisface las obligaciones del Estado colombiano?

“Sería la primera vez que una decisión de un tribunal de justicia transicional podría ser sometida a la Corte Penal Internacional. Sería posible que se pudiera reabrir el examen preliminar en caso de considerar que la sentencia no es muy clara en cuanto a las penas y no garantiza proporcionalidad frente a la gravedad de los crímenes cometidos”, explicó Prieto.

Víctimas del secuestro
La cúpula de las Farc fue imputada, no sólo por secuestros, también por crímenes como desaparición forzada, homicidio y desplazamiento | Crédito: JEP

El líder de la línea de investigación en derecho y responsabilidad internacional de la Universidad Javeriana también destacó que las víctimas insatisfechas con la decisión podrían demandar al Estado en el sistema interamericano por su presunta responsabilidad en la falta de garantías para sancionar graves violaciones a derechos humanos e infracciones al DIH.

Finalmente, las organizaciones de víctimas consultadas coincidieron en que, aunque la sentencia marca un precedente histórico dentro del proceso de paz, aún deja abiertas heridas profundas. Para ellas, el camino hacia la verdad y la reparación está lejos de concluir y, si las decisiones de la JEP no logran satisfacer plenamente sus derechos, evaluarán la posibilidad de acudir a instancias internacionales.

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