
Las relaciones sexuales no son obligatorias en el matrimonio: Corte Suprema
La Corte Suprema de Justicia aseveró en una sentencia por delito de acceso carnal violento, que en el matrimonio también deben haber relaciones sexuales consensuadas, priorizando el derecho sobre la sexualidad y libertad de la mujer.
Por: Stephania Sánchez
La Corte Suprema de Justicia negó la solicitud de segunda instancia por parte de la defensa de Elver Yonni Vivas, acusado por el delito de acceso carnal violento, quien argumentaba que el Tribunal no valoró el examen sexológico, el cual determinó que no hubo rastro de violencia sexual. Además, que la víctima, Laura Victoria Mamiam, admitió en otras ocasiones que mantuvo relaciones consentidas luego de las agresiones.
Vivas fue condenado porque en múltiples oportunidades, en estado de embriaguez y con presunta violencia psicológica, accedía carnalmente a su esposa, sin consentimiento, entre los años 2011 y 2012.
Por eso, el alto tribunal debió ratificar que “no es cierto que en el matrimonio las relaciones sexuales sean obligatorias ni ese vínculo otorgue un derecho sobre la sexualidad y libertad de la mujer”.
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