
¿Hasta cuándo hay plazo para que se convoque la revocatoria de Daniel Quintero?
El Tribunal de Antioquia le ordenó a la Registraduría que notifique al presidente Gustavo Petro, en un plazo máximo de ocho días, para que convoque a la ciudadanía a votar la revocatoria del alcalde de Medellín, Daniel Quintero.
La sala quinta del Tribunal Administrativo de Antioquia tomó la decisión de revivir la revocatoria del alcalde de Medellín, Daniel Quintero. Esto se dio luego de que en segunda instancia el juez fallara a favor de la impugnación que interpuso el abogado Nelson Hurtado Obando.
Con esto el tribunal revocó la sentencia del 27 de abril del Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Medellín. En el fallo se le ordena a la Registraduría certificar el cumplimiento de los requisitos para el proceso de revocatoria y notificarle al presidente para que convoque a votaciones.
“Ordénese a la Registraduría Nacional del Estado Civil, por conducto de la Registraduría Especial de Medellín, que en el plazo máximo de ocho (8) días, contados a partir de la ejecutoria de esta providencia, cumpla la obligación contemplada en el artículo 15 de la Ley 1757 de 2015, con total independencia de las decisiones que adopte el Consejo Nacional Electoral en función de las investigaciones que adelante en ejercicio de la función de inspección vigilancia y control”, asegura el fallo.
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