
Persisten las restricciones al consumo de drogas en parques: ¿prohibicionismo vergonzante?
En menos de 30 años, Colombia pasó de la despenalización del consumo personal de drogas a la criminalización administrativa mediante restricciones policiales. ¿Las restricciones al consumo en parques es prohibicionismo vergonzante?
En menos de 30 años, Colombia pasó de la despenalización del consumo personal de drogas a la criminalización administrativa mediante restricciones policiales. En el primer semestre de este año, la Policía Nacional realizó 122.432 comparendos en Colombia por porte o consumo de sustancias psicoactivas (SPA) en parques, centros deportivos, zonas de interés patrimonial, dentro del perímetro de centros educativos, entre otros. Se trata de la segunda causa por la que la Policía sanciona a personas, con el 16 por ciento del total de comparendos. Cifra que es escandalosa, porque las causas que ocupan el tercer y cuarto lugar de las sanciones policiales, que son las riñas y el desacato a esta autoridad, apenas alcanzan el 6 por ciento y el 5 por ciento respectivamente. La persecución al porte y consumo personal se convirtió en una falsa solución a los problemas de seguridad.
Recientemente, la Corte Constitucional tuvo la oportunidad de evaluar los numerales 13 y 14 del artículo 140 del Código de Policía, que sancionan el porte y consumo de sustancias psicoactivas (SPA) en áreas del espacio público, como parques. Esta decisión arroja un balance agridulce, porque mantiene las restricciones, pero las condiciona a la definición por parte de las asambleas departamentales y concejos municipales o distritales. Situación que no es alentadora, de acuerdo con el contexto electoral y el discurso contra las personas que usan drogas, como por ejemplo, las declaraciones de un candidato a la alcaldía de Arauca que propuso “darles plomo” a los “marihuaneros”.
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