
Los requisitos mínimos para habilitar los mataderos municipales, según el Invima
El Invima expuso su posición sobre el decreto que permitiría revivir los mataderos municipales en el país. La entidad también explicó algunos requisitos mínimos para habilitarlos.
Por: Redacción Cambio
En un comunicado emitido este viernes 18 de agosto, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) se pronunció respecto al controvertido decreto que podría dar luz verde a la reapertura de mataderos municipales en Colombia.
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La entidad resalta que este proyecto de modificación del Decreto 1500 de 2007, el cual establece el reglamento técnico para el Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la Carne, Productos Cárnicos Comestibles y Derivados Cárnicos destinados al consumo humano, tiene como objetivo resolver los problemas de abastecimiento de productos cárnicos en el país. Asimismo, busca erradicar prácticas ilegales como el sacrificio clandestino y la comercialización de productos de origen ilícito.
Además, explicaron que el proceso de desarrollo de esta modificación ha sido coordinado por la Comisión Intersectorial de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF), en colaboración con diversos entes gubernamentales como el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio de Transporte, el Departamento Nacional de Planeación, y con la participación permanente del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) y la misma entidad.
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¿Cuáles son los requisitos mínimos para habilitar estas plantas?
Respecto a la habilitación de las plantas o mataderos, señalaron que estas se llevarán a cabo solo si se demuestra que existen condiciones de sanidad animal, hay una dificultad en la conectividad terrestre con municipios que cuentan con instalaciones autorizadas y problemas en el suministro desde plantas de beneficio animal previamente aprobadas por el Invima. Estos criterios mínimos buscan garantizar condiciones óptimas de sanidad, accesibilidad y abastecimiento.
El organismo también explicó que las instalaciones públicas que deseen obtener la autorización sanitaria y registro, deben estar previamente incluidas en los Planes de Racionalización de plantas de beneficio delineados por los departamentos. Además de cumplir con los procedimientos para obtener la autorización, es esencial que mantengan condiciones sanitarias rigurosas para asegurar la seguridad alimentaria en relación con la carne y los productos cárnicos.
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