
Los empleos a los que no podrán acceder los condenados por abuso sexual contra menores en Colombia
En el Congreso se aprobó un proyecto de ley que reglamenta el registro de abusadores sexuales y define cuáles son los cargos u oficios en los estas personas no podrán trabajar. Abecé de la iniciativa.
Por: Claudia Quintero
Las cifras de violencia sexual contra menores de edad en Colombia son alarmantes. De acuerdo con el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en los tres primeros meses de 2024 se reportaron 19.192 casos de abuso sexual contra menores. Esto quiere decir que se presentaron cerca de 53 casos por día.
De hecho, Medicina Legal menciona que “el delito sexual en Colombia, continúa siendo uno de los factores violentos que registra un mayor impacto en la sociedad, dadas las circunstancias en que se cometen y por involucrar en él, prioritariamente, a menores de edad de ambos sexos y ser sus victimarios, en su gran mayoría, personas cercanas al círculo familiar y social”.
Para hacerle frente a esta situación, el Congreso aprobó en su último debate un proyecto de ley que reglamenta el registro de las personas condenadas por abuso sexual. Esto, para definir cuáles son los cargos, oficios o profesiones en los que no podrán trabajar aquellas personas condenadas por abusos sexuales contra menores de edad.
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