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La Superintendencia de Salud solicitó la nulidad del fallo con el que la Corte devolvió el control de EPS Sanitas al Grupo Keralty.
País

Gobierno solicitó nulidad de la sentencia que tumbó intervención a EPS Sanitas

La Superintendencia Nacional de Salud presentó ante la Corte Constitucional una solicitud de nulidad y aclaración del fallo que anuló la intervención sobre la EPS Sanitas.

Por: Carolina Calero

El Gobierno nacional pidió a la Corte Constitucional que revoque o aclare el fallo con el que se anuló la intervención de la Superintendencia de Salud sobre la EPS Sanitas.

La solicitud de nulidad y aclaración fue presentada por María Camila Ana Fernanda Lozano Martínez, subdirectora de Defensa Jurídica de la Superintendencia de Salud, y fue radicada el 28 de julio de 2025.

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Comunicado de la SuperSalud. Crédito: Redes Sociales.

“De manera formal, se comunica la iniciación de las solicitudes de nulidad y de aclaración contra la Sentencia SU-277/25, presentadas por María Camila Ana Fernanda Lozano Martínez, subdirectora de Defensa Jurídica de la Superintendencia Nacional de Salud, y por Yaki Hortúa, recibidas en esta Secretaría el 28 de julio de 2025″, respondió la Corte.

El fallo que anuló la intervención del Gobierno a Sanitas

La sentencia que el Gobierno busca revertir fue emitida por la Sala Plena de la Corte Constitucional el pasado 26 de junio. En ella, el alto tribunal anuló la intervención forzosa que la Superintendencia había ordenado sobre la EPS Sanitas, una de las más grandes del país, con más de 5,7 millones de afiliados (4,3 millones en el régimen contributivo y 1,4 millones en el subsidiado).

La decisión se tomó al resolver una tutela presentada por varias empresas del Grupo Keralty —Clínica Colsanitas S.A., Medisanitas S.A.S., Colsanitas S.A. y Keralty S.A.S.— y por el ciudadano Juan Pablo Rueda Sánchez, en contra de la Superintendencia Nacional de Salud.

Como resultado, quedaron sin efectos tres resoluciones: la No. 2024160000003002-6 del 2 de abril de 2024, que ordenaba la toma de posesión inmediata de los bienes y operaciones de la EPS por un año; la No. 2024100000003060-6, que corregía la anterior; y la No. 2025320030001947-6 del 1° de abril de 2025, que prorrogaba esa intervención por otro año.

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Fallo de la Corte del 26 de junio. Crédito: Redes Sociales.

En su análisis, la Corte concluyó que durante el proceso de intervención se vulneró el derecho al debido proceso. La Superintendencia no valoró adecuadamente la situación financiera de la EPS, pese a las advertencias de la Sala de Seguimiento sobre la Unidad de Pago por Capitación (UPC) y los presupuestos máximos.

“La accionada omitió argumentar, valorar y determinar su conducta considerando si EPS Sanitas se encontraba o no en una imposibilidad fáctica de cumplir con los requisitos de habilitación financiera derivados del impago o el ajuste de la UPC y del no reconocimiento de los Presupuestos Máximos, lo cual tiene repercusión constitucional, directa y esencial, en la medida de intervención”, señaló la Corte en ese entonces.

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