
Pacto Histórico pide al CNE garantizar la participación de Iván Cepeda en la consulta del 8 de marzo: ¿por qué podría quedar por fuera?
La participación de Iván Cepeda en la consulta presidencial del 8 de marzo quedó en entredicho tras un debate jurídico sobre el alcance de la consulta realizada en octubre de 2025 y su impacto en el actual proceso electoral. Conozca los detalles.
Por: Gabriela Casanova
A casi un mes de la consulta del Pacto Amplio, programada para el 8 de marzo, comenzó a cuestionarse la participación de Iván Cepeda debido a un lío jurídico. La controversia llegó a tal punto que, en los últimos días, la Procuraduría, la Registraduría y la Contraloría enviaron una carta conjunta al Consejo Nacional Electoral (CNE) en la que le preguntan si las organizaciones políticas y los ciudadanos que participaron en las consultas del 26 de octubre de 2025, entre ellos Iván Cepeda, pueden intervenir nuevamente en marzo.
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El interrogante se basa, principalmente, en el artículo 7 de la Ley 1475 de 2011, que dice: “Se entiende que un precandidato ha participado en una consulta cuando su inscripción ha quedado en firme de conformidad con las disposiciones establecidas por los partidos y movimientos que las convocan. Quienes hubieren participado como precandidatos quedarán inhabilitados para inscribirse como candidatos en cualquier circunscripción dentro del mismo proceso electoral, por partidos, movimientos, grupos significativos de ciudadanos o coaliciones distintas (...)”.
En el caso de Cepeda, juega en su contra la posibilidad de que las consultas del pasado 26 de octubre sean consideradas interpartidistas pues, de ser así, la restricción legal sí aplicaría. No obstante, Cepeda ha mantenido su postura de que se trató de una consulta interna de su partido, el Polo Democrático Alternativo, en la que únicamente se definió su precandidatura. Así lo manifestó durante el primer encuentro regional de mujeres, realizado en el sur del país el 20 de enero, tres días antes de que la Registraduría, la Procuraduría y la Contraloría enviaran la misiva al CNE.
“Algunos medios de comunicación comienzan a plantear desde ya la posibilidad de que mi inscripción para la consulta del próximo 8 de marzo sea impugnada por el Consejo Nacional Electoral. Hemos advertido desde el Pacto Histórico y desde mi campaña que una decisión de esta naturaleza configuraría una clara violación de nuestros derechos a la participación política, dado que la consulta del 26 de octubre de 2025 que realizó el Pacto Histórico tenía un carácter partidista y no interpartidista, como se ha pretendido presentar”, argumentó Cepeda.
Iván Cepeda recibió el respaldo de sindicatos y pueblos indígenas del norte del país
— Iván Cepeda Castro (@IvanCepedaCast) January 24, 2026
El candidato Iván Cepeda continúa su campaña a la
Presidencia de la República de la mano del pueblo colombiano.
En su visita a Cesar y La
Guajira recibió la protección de las autoridades… pic.twitter.com/v9jxYuRgt1
Este 26 de enero, el Pacto Histórico solicitó al CNE que garantice la participación de Cepeda en la consulta presidencial del 8 de marzo, con una carta en la que expone las razones por las cuales el proceso de octubre correspondió a una consulta interna.
Según el documento, la consulta del 26 de octubre de 2025 se realizó durante un proceso de fusión de los siguientes partidos y movimientos en el movimiento político Pacto Histórico:
- Unión Patriótica (UP)
- Polo Democrático Alternativo (PDA)
- Partido Comunista Colombiano (PCC)
- Movimiento Político Colombia Humana
- Progresistas
El proceso comenzó el 13 de junio de 2025, pero solo fue hasta diciembre, después de la consulta, cuando se reconoció la personería jurídica del movimiento. Por esta razón, la consulta fue adelantada únicamente por el Polo Democrático Alternativo, con personas postuladas con el aval de dicho partido político: Iván Cepeda y Carolina Corcho.
Además, el propósito de esta consulta era escoger a un aspirante para participar el 8 de marzo, lo que en su momento fue comunicado a las autoridades electorales y quedó consignado en diversos documentos. Uno de los textos, según explicó el Pacto Histórico, es la inscripción ante la Registraduría Nacional del Estado Civil del ‘Acuerdo de voluntades para participar en la consulta partidista del 26 de octubre de 2025’, en el que se menciona esta estrategia y del cual la Registraduría dejó constancia.
En su cláusula primera, el documento señala: “El movimiento político Pacto Histórico acuerda participar en una consulta partidista a realizarse el próximo 26 de octubre de 2025, con el objeto de elegir una precandidatura del movimiento político Pacto Histórico para que participe en una consulta interpartidista que elija candidatura única en coalición, o para ser la candidatura única del movimiento político Pacto Histórico en la elección de Presidencia de la República a celebrarse el 31 de mayo de 2026”.
1/2. El Pacto Histórico solicita al @CNE_COLOMBIA que garantice su participación en la consulta presidencial del 8 de marzo de 2026. pic.twitter.com/lXpegblGgj
— Pacto Histórico Oficial (@PactoCol) January 26, 2026
Asimismo, el Pacto afirmó que esta condición quedó escrita en un acuerdo suscrito con la Registraduría el pasado 3 de octubre, en el que nuevamente se menciona que la consulta es “partidista” y corresponde a una “precandidatura”; así como en el fallo de una acción de tutela del 5 de diciembre, emitido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca relacionado con dicha consulta. En el documento, el tribunal se refiere explícitamente a la “precandidatura” de Iván Cepeda y señala la naturaleza de la consulta:
“La designación del ciudadano Iván Cepeda Castro como precandidato presidencial del denominado Movimiento Pacto Histórico fue resultado de una consulta, que inicialmente fue interpartidista y luego interna del partido Polo Democrático Alternativo, organizada con respaldo de las autoridades electorales, en desarrollo de lo previsto en la Resolución 00701 de 2025 del CNE”.
Por otra parte, el Pacto indicó que en diversas ocasiones solicitó ante la Registraduría la certificación del carácter de la consulta, sin haber recibido respuesta. “No obstante, es claro que no existe limitación alguna al contenido y alcance de las consultas, dado que estas forman parte del núcleo esencial de los derechos de libertad y autoconfiguración que asisten a los partidos políticos, de conformidad con la Constitución y la ley”, afirmó.

¿Daniel Quintero podría o no participar en la consulta de marzo?
De hecho, Daniel Quintero, exalcalde de Medellín y precandidato presidencial, días antes de la consulta renunció a ella, al alegar que recientes decisiones de la Registraduría y del Consejo Nacional Electoral (CNE) convirtieron la consulta interna del Pacto en una interpartidista, lo que le impediría medirse en la otra consulta programada para marzo.
Sin embargo, Frey Alejandro Muñoz, subdirector de la Misión de Observación Electoral (MOE), en entrevista con Caracol Radio, aseguró que Quintero tampoco podría participar en la consulta de marzo, pues, aunque no participó activamente en la llevada a cabo en octubre, sí quedó inscrito y apareció en el tarjetón electoral. Tras estas declaraciones, ante la misma emisora, Alejandra Barrios, directora de la entidad, aclaró que la MOE no ha adoptado una decisión sobre quiénes sí o no pueden participar en las consultas, ya que esa es una competencia exclusiva del CNE.
Todo quedará a juicio del Consejo Nacional Electoral, que deberá responder a las solicitudes de los entes de control y del Pacto Histórico.
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