
El ministro de Justicia, Néstor Osuna, ha manifestado ante los medios estar consciente de que la justicia en Colombia requiere profundas reformas. Estas deben ser dirigidas tanto a la justicia formal como a la justicia alternativa e incluir el sistema carcelario. El funcionario ha sido más específico y se ha expresado en favor de que algunas conductas, que hoy tienen penas de cárcel y son consideradas como delitos menores, puedan tener otro tipo de sanciones. Reformas en este sentido pueden ser coherentes con un tipo de justicia restaurativa. Ello contrasta con el sistema actual centrado en el castigo en el que el encarcelamiento es visto como la única fórmula legítima en la aplicación de justicia. En contraste la justicia restaurativa se basa más en la búsqueda de la verdad y en la reconstrucción de los nexos sociales que en la mera punición o la venganza.
Han llovido críticas a las declaraciones del ministro en un país cuya justicia ordinaria tiene una larga tradición centrada en lo punitivo. La noción de justicia restaurativa es usualmente asociada con la impunidad. También se le vincula con lo novedoso y lo extraño. Las tres asociaciones son profundamente arbitrarias. Mucho antes de que surgiera la idea de Colombia en este territorio algunos pueblos amerindios aplicaban sistemas normativos de carácter restaurativo. En esta visión las desavenencias humanas no son vistas como conductas patológicas. Se les consideran eventos cíclicos propios de la vida en comunidad que nos brindan la valiosa oportunidad de recomponer las relaciones sociales. La conducta que debe ser resuelta no es percibida como la “violación de un código”, sino como la “generación de un daño”.
El tema ha sido tratado en Colombia por reconocidas figuras en el ámbito de los estudios jurídicos. Rodrigo Uprimny considera que algunos mecanismos de la justicia restaurativa se fundan en la participación de la comunidad y, en particular, en el diálogo entre los actores directamente involucrados en un crimen, es decir, entre los victimarios y sus víctimas. En algunos casos se puede contar con la participación de un mediador que facilita la comunicación entre ambos y así pueden llegar a un acuerdo sobre las mejores maneras de reparar el daño y, eventualmente, alcanzar una reconciliación basada en la solicitud de perdón por parte del ofensor.
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