
La propuesta de eliminar la exención del IVA a todas las transacciones de finca raíz, con una tarifa del 5 %, ha generado el esperado rechazo de los constructores, pero también objeciones técnicas sobre su aplicabilidad, en particular a las compras de inmuebles usados. Estas últimas son válidas y es posible que esa fuera una de las razones por las que en la reforma tributaria de 2018 lo que se estableció fue un “impuesto al consumo de bienes inmuebles”, con tarifa del 2 %.
Como es sabido, ese impuesto al consumo fue declarado inexequible por la Corte Constitucional por lo que es difícil intentar imponerlo de nuevo, a pesar de que tres magistrados no estuvieron de acuerdo con la sentencia y salvaron su voto con argumentos de mucho fondo. Antes de ver la alternativa que existe para ese tributo en Colombia conviene ver cómo se gravan las transacciones de inmuebles en otras partes del mundo.
Impuestos a ventas de inmuebles en el mundo
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