
La extradición de Otoniel
Por Yesid Reyes Alvarado.
Mucho se ha especulado en las últimas semanas sobre cuál será el destino y la suerte jurídica de Dairo Úsuga, alias Otoniel y jefe del denominado Clan del Golfo. Algunos han sugerido la posibilidad de que ingrese a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) debido a que durante un tiempo hizo parte de las FARC-EP, justo después de su retiro como integrante del Ejército Popular de Liberación (EPL) y poco antes de entrar a las filas de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) como un escalón previo a su incorporación a estructuras criminales armadas que, bajo diversos nombres, se han dedicado al narcotráfico.
Aun cuando su paso por las FARC-EP parecería suficiente para abrirle las puertas de la JEP, esa opción le está vedada porque el Acto Legislativo 01 de 2017 estableció que solo serían sometidos al Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición quienes acreditaran su pertenencia a ese movimiento guerrillero a través de listados elaborados por un delegado de esa organización. Esa relación debería entregarse una vez los desmovilizados llegaran a las Zonas Veredales o Puntos Transitorios de Normalización, y podía estar sujeta a verificación por parte del Gobierno Nacional para evitar que, por ejemplo, narcos puros buscaran indebidamente el amparo de esa justicia especial. Su ingreso a la JEP por esta vía es imposible, no solo porque no fue reportado por ese grupo subversivo como miembro de las FARC-EP cuando se desmovilizaron, sino porque tampoco estuvo entre quienes como parte de esa guerrilla dejaran las armas como requisito indispensable para someterse al sistema creado por el acuerdo de paz.
La otra alternativa teórica para ingresar a la JEP es invocando su calidad de tercero dentro del conflicto armado, como parece haberlo pedido su abogado
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