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Poder

Implementación de programas de sustitución de cultivos de uso ilícito ha sido deficiente: Corte

Cultivos de uso ilícito.

La Corte Constitucional señaló que los acuerdos pactados entre las comunidades y el Estado por cuenta del acuerdo de paz son “vinculantes” y falló a favor de comunidades en Cauca, Nariño, Norte de Santander y Putumayo. Decisión mantiene frenada erradicación forzada en varios municipios.

Por: Alejandra Bonilla Mora

Al estudiar múltiples tutelas, la Corte Constitucional se pronunció sobre el Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos Ilícitos (PNIS) y las dudas que se han generado hasta el momento por incumplimientos y la continuación de la erradicación forzada en varias partes del país.

En la sentencia, la Corte dijo que esos acuerdos colectivos que se suscribieron entre las comunidades y el Estado “son vinculantes para las partes respecto del contenido allí pactado en tanto se deriva del cumplimiento de buena fe de lo pactado en el (acuerdo de paz) y particularmente en el Decreto 896 de 2017”.

En ese sentido, dijo la Corte, el Gobierno no puede restarles fuerza vinculante a esos acuerdos y haberlo hecho violó los derechos colectivos de las comunidades. En la decisión se afirma que “no se ha respetado la jerarquía ni el orden de prelación previstos en el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera y sus normas de implementación, entre los distintos instrumentos dispuestos para la lucha contra los cultivos de uso ilícito”.

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