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Poder

Polígrafo: ¿cuándo sí y cuándo no?

Prueba de polígrafo.

A raíz de la polémica por el uso del polígrafo en la exniñera de la jefe de gabinete de la Presidencia, Laura Sarabia, ¿en qué casos y quiénes pueden usarlo?

Por: Sylvia Charry

En Colombia, el uso del polígrafo se rige por la Ley de Inteligencia y Contrainteligencia y el Código de Procedimiento Penal, aunque la sala penal de la Corte Suprema de Justicia considera que el polígrafo no es un método admisible para la investigación de delitos.

Según Hernando Herrera, presidente de la Corporación Excelencia en la Justicia, la Ley de Inteligencia reglamenta la aplicación del polígrafo en esos ámbitos de inteligencia, pero que no existe una regulación general en materia penal o en material laboral. En estos casos, es necesario guiarse por la jurisprudencia que existe de la Corte Suprema y Corte Constitucional.

“La utilización con fines laborales en Colombia está regido por esos criterios jurisprudenciales de la Corte Constitucional y en particular, de la Corte Suprema de Justicia, que dice que para usar el polígrafo tiene que existir voluntariedad, es decir, la persona frente a la cual se vaya a utilizar debe expresar su consentimiento en tal sentido. Si la persona se niega, no puede ser obligado a que concurra a la prueba. Si es para el ámbito laboral, se puede utilizar para el ingreso, pero si el empleado no está de acuerdo, no se le puede obligar y eso tampoco constituye causal de despido”, dijo.

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