
De ser hallado culpable, Nicolás Petro podría enfrentarse a una condena de hasta 18 años de cárcel
El diputado a la Asamblea del Atlántico, Nicolás Petro Burgos.
Dos expertos penalistas explicaron cuál es el panorama que enfrenta el diputado a la Asamblea del Atlántico, Nicolás Petro Burgos, con una eventual condena por los delitos de enriquecimiento ilícito y lavado de activos. La sentencia podría situarse entre los 10 y los 18 años de prisión.
Por: Redacción Cambio
El panorama judicial de Nicolás Petro Burgos, hijo del presidente de la república y diputado a la Asamblea del Atlántico, es grave. Si la Fiscalía llega a demostrar la responsabilidad del funcionario en los delitos de enriquecimiento ilícito y lavado de activos, podría enfrentarse a una pena de entre 10 y 18 años de prisión, a pesar de no tener antecedentes penales. Este escenario sería en un eventual juicio, es decir, si no se llega a una aceptación de cargos o a un acuerdo con la justicia. Así explicaron penalistas lo que se viene en el proceso.
El abogado Alejandro Sánchez explicó que, de acuerdo con el comunicado de la Fiscalía sobre la legalización de captura, “el único delito que motivó la captura es el lavado de activos”. Es decir, no se sabe si en la imputación de cargos, programada para este martes a las ocho de la mañana, se indicarán otras conductas, pero de ahí partirá una eventual futura condena.
“El lavado es un delito que tiene una pena que puede ir de 10 a 30 años, es muy grave entonces. Este delito se presenta cuando las personas se prestan para lavar o limpiar recursos que tienen como fuente actividades ilícitas. En este punto, la fiscalía debe demostrar la relación de los recursos económicos con esas actividades; y la defensa se encargará de destruir esa teoría o de demostrar que lo que tiene la Fiscalía no es suficiente. Según la jurisprudencia, la Fiscalía debe precisar cuál es la conducta ilícita, de dónde provinieron los recursos; en esa demostración, puede acudir a indicios, no necesariamente debe tratarse de condenas penales anteriores. Entonces, los indicios, las pruebas llamadas indirectas, las inferencias, jugarían un papel fundamental; porque, por ejemplo, la jurisprudencia ha demostrado el tema del lavado por relaciones que se tengan con “narcos”, así al procesado no se le pruebe que sea narcotraficante”, explicó Sánchez.
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