
El reto judicial que plantea el fallo de la Corte IDH en el caso de Saulo Arboleda: ¿cómo revisar las condenas de los aforados?
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó al Estado colombiano permitir que se revise la condena emitida contra Saulo Arboleda en 2000, ya que esta fue de única instancia. El fallo implica un reto enorme para el país y abre la puerta a que otros condenados pidan lo mismo. La Corte Suprema tendrá una reunión al respecto este miércoles. Les contamos qué está en juego.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos, Corte IDH, emitió una sentencia histórica que representa un reto enorme para el país en materia de justicia en relación con las sentencias que ha emitido la Corte Suprema de Justicia desde el año 2000 en contra de aforados, es decir, ministros, congresistas, gobernadores, generales, entre otros.
¿Por qué? La Corte IDH ordenó al Estado colombiano garantizar una forma para que se pueda revisar la sentencia condenatoria dictada en el año 2000 en contra del exministro de Comunicaciones Saulo Arboleda por el escándalo del 'miti-miti'. Esa sentencia se dictó en única instancia porque esas eran las reglas que existían en ese momento y la doble instancia solo fue creada por reforma legislativa en 2018.
Pero la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH), que es de 1969, tiene consagrada una garantía en su artículo 8.2.h que señala la existencia del “derecho de recurrir el fallo ante juez o tribunal superior”. Es decir, que una persona tiene derecho tanto a la doble instancia, a ser investigada y juzgada en dos instancias. A esto se suma que una persona tiene derecho a la doble conformidad, es decir, a que la sentencia condenatoria que ha sido dictada por primera vez también sea revisada por un superior jerárquico.
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