
Los reparos del Consejo de Estado al proyecto que reglamenta la Jurisdicción Agraria
La Sala de Consulta y Servicio Civil dijo que algunas de las disposiciones de esa iniciativa, que está en trámite en el Congreso, podrían chocar con las competencias que hoy tiene el Consejo de Estado. ¿Qué implicaciones tiene esta postura?
La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado publicó en días pasados la respuesta a una consulta que le hizo el Ministerio de Justicia sobre el proyecto de Ley 183 del Senado y 398 en Cámara que cursa en el Congreso y por los cuales se determinan competencias de la Jurisdicción Agraria y Rural y se establece el procedimiento especial en ambos sectores. Y le hizo duras críticas al articulado al decir que realmente no está haciendo los ajustes que se necesitan para la operatividad correcta de esa jurisdicción.
“Es necesario que se delimiten de manera precisa, razonable y proporcionada, las competencias y los procedimientos a seguir en esa jurisdicción, considerando las funciones que cumplen los vigentes tribunales superiores de justicia, con quienes debe obrar en sinergia. Entre estos, el Consejo de Estado, quien también ocupa un rol, como máximo tribunal de lo contencioso administrativo”, dice el concepto.
Según la Sala, si esto no se hace ahora, el articulado tal y como está puede llevar a “múltiples conflictos de competencias jurisdiccionales, al vaciamiento de competencias previamente consolidadas en favor de la jurisdicción contencioso administrativa o de la ordinaria, lo9 mismo que a la desarticulación de los órganos del sistema judicial, a la dilación injustificada e innecesaria de los procesos nuevos y en curso, y, lo más complejo, a la frustración de las expectativas que se ciernen sobre esta jurisdicción, respecto a la definición y contribución en la resolución de conflictos y manejo de tierras”.
Artículo exclusivo para suscriptores
Suscríbete para acceder a todo nuestro contenido.
SuscribirmeLea los comentarios










