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Norma hacía ajustes a la negociación de valores.
Poder

Corte tumba otro artículo del Plan de Desarrollo: las SAS no podrán meterse al mercado de valores

Un artículo de la Ley del Plan de Desarrollo de Gustavo Petro permitía a las SAS ingresar al mercado de valores lo cual no tiene relación con la hoja de ruta del actual gobierno. Detalles.

Por: Alejandra Bonilla Mora

La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó un artículo del Plan de Desarrollo (PND) de Gustavo Petro que inicialmente estaba pensado para promover a las pequeñas empresas, permitiendo que las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) pudieran ser emisores de valores, es decir, inscribirse en el Registro Nacional de Valores y Emisores y negociar en bolsa.

Las SAS son un tipo de entidad jurídica que permite simplificar la constitución de una empresa y son muy populares y atractivas para los inversores. El artículo cuestionado es el 261 de la Ley 2294 de 2023 y fue demandado por el abogado Juan Manuel López Molina bajo un argumento técnico pero clave: que las leyes de plan de desarrollo son especiales y solo deben referirse al plan del Gobierno de turno y no puede estipular medidas con vocación de permanencia.

Con ponencia de la magistrada Cristina Pardo, la Corte le dio la razón al demandante y dijo que hubo una violación al principio de unidad de materia y que la norma implicaba cambios permanentes en el mercado de valores.

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