
Corte tumba otro artículo del Plan de Desarrollo: las SAS no podrán meterse al mercado de valores
Un artículo de la Ley del Plan de Desarrollo de Gustavo Petro permitía a las SAS ingresar al mercado de valores lo cual no tiene relación con la hoja de ruta del actual gobierno. Detalles.
La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó un artículo del Plan de Desarrollo (PND) de Gustavo Petro que inicialmente estaba pensado para promover a las pequeñas empresas, permitiendo que las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) pudieran ser emisores de valores, es decir, inscribirse en el Registro Nacional de Valores y Emisores y negociar en bolsa.
Las SAS son un tipo de entidad jurídica que permite simplificar la constitución de una empresa y son muy populares y atractivas para los inversores. El artículo cuestionado es el 261 de la Ley 2294 de 2023 y fue demandado por el abogado Juan Manuel López Molina bajo un argumento técnico pero clave: que las leyes de plan de desarrollo son especiales y solo deben referirse al plan del Gobierno de turno y no puede estipular medidas con vocación de permanencia.
Con ponencia de la magistrada Cristina Pardo, la Corte le dio la razón al demandante y dijo que hubo una violación al principio de unidad de materia y que la norma implicaba cambios permanentes en el mercado de valores.
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