
Por maltrato a extranjeras en el aeropuerto, Corte dice que faltan reglas sobre la migración en tránsito
La Corte Constitucional le dijo al Congreso, a la Cancillería y a Migración Colombia que es urgente tener una regulación clara sobre el “fenómeno de la migración en tránsito”, para evitar desafueros hacia migrantes que están de paso por el país. Detalles.
Tres mujeres nacidas en Camerún llegaron el 5 de febrero de 2024 a Colombia en un vuelo que hacía escala en Bogotá y tenía como destino final Nicaragua. Los oficiales de Migración Colombia decidieron rechazar su ingreso al país por “haber presentado visados falsos” y les dijeron que el 14 de febrero serían devueltas a su país.
Entre tanto, las mujeres permanecieron en las instalaciones de la zona de tránsito aeroportuario, en condiciones irregulares. Según ellas, no tuvieron acceso a alimentos o agua, no pudieron asearse, ni usar productos de higiene menstrual. Al final, dos de ellas fueron devueltas antes, el 11 de febrero, y una se tuvo que quedar porque se resistió y recibió un electroshock por parte de funcionarios de Migración.
El caso pasó a la justicia. Las mujeres decían que fueron privadas de su libertad y permanecieron incomunicadas por cinco días, que la autoridad migratoria no les preguntó si necesitaban protección ni les informó que podían radicar solicitudes en su condición de refugiadas, antes de ordenar deportarlas, entre otros. Aunque esto pasó hace un año, la Corte Constitucional terminó revisando el caso y las acciones de Migración e hizo un importante pronunciamiento.
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