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Héctor Carvajal.
Poder

Las decisiones que desvirtúan la ‘jugadita’ de Héctor Carvajal sobre el retiro forzoso

Mientras Héctor Carvajal, abogado y ternado por el presidente para la Corte Constitucional alega que no le aplica la edad de retiro forzoso, múltiples conceptos y determinaciones judiciales lo contradicen. Análisis.

Por: Alejandra Bonilla Mora

El reconocido constitucionalista Rodrigo Uprimny reveló el fin de semana que Héctor Carvajal, abogado del presidente Gustavo Petro y ternado por él para la Corte Constitucional, está enviando a los senadores un concepto según el cual la edad de retiro forzoso no le aplicaría a él, en caso de ser elegido magistrado del tribunal más importante del país.

Carvajal tiene 66 años y, de ser elegido, no cumpliría el periodo de ocho años que tienen los magistrados de la Corte, ya que el 14 de diciembre de 2028 cumpliría 70 años. Así, solo podría estar en el alto tribunal casi cuatro años, lo cual, inicialmente, rompería con el diseño constitucional para la Corte, según le dijo a CAMBIO el constituyente Gustavo Zafra.

Uprimny fue consultado por senadores sobre la tesis de Carvajal y, en una columna en La Silla Vacía, el destacado jurista aseguró que aún cuando en el pasado hubo debate sobre si el retiro forzoso le aplicaba a los integrantes de la Corte Constitucional, la duda fue eliminada por completo con la Ley 1821 de 2016 que estableció los 70 como edad máxima para el retiro “de las personas que desempeñan funciones públicas”.

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